Por: Ivonne Reyes
El fideicomiso es un contrato a través del cual una persona, llamada fiduciante, transfiere bienes propios a otra persona, el fiduciario, que puede ser física o jurídica, para que ésta los administre en beneficio propio o bien de una tercera persona llamada beneficiario.
El fideicomiso es un tipo de transferencia de bienes, que funciona asignando un tiempo o condición para que, luego de cumplido, el bien se le transfiera al beneficiario designado, siendo hoy en día una de las figuras más utilizadas en el sistema notarial, en atención a que se constituye mediante Escritura Pública, en la que los fideicomitentes plasman una condición para asignar a los beneficiarios la propiedad una vez se cumpla la condición.
A manera de ejemplo; Juan es propietario de un bien inmueble, tiene dos hijos Pedro e Isabella. Juan quiere en vida dejar claro, cómo sería la repartición de ese inmueble una vez muera, en aras de que sus hijos no entren a tener inconvenientes al momento de su muerte, es por ello que acude a nuestra firma Montes & Warren donde, después de un análisis del caso, le indicamos que, si bien existe la figura del testamento, le recomendamos utilizar la figura del fideicomiso civil donde dejando la condición “a la muerte de Juan la propiedad se transfiere a sus dos beneficiarios Pedro e Isabella, en partes iguales”. Así, Juan mantendrá en vida el usufructo del bien inmueble y solo se transfiere la propiedad sobre este al momento en que la condición se cumpla.
Con la figura de fideicomiso no existe la necesidad de adelantar un proceso de sucesión, con una carga impositiva que ahora, con la reforma tributaria, haría posiblemente más gravoso para un legitimario o heredero, compartir una gran porción del valor de los activos con la DIAN.
La fiducia civil se puede constituir sobre bienes inmuebles, contratos de arrendamiento, acciones de sociedades u otros títulos valores, conservando el titular la administración del fideicomiso hasta su fallecimiento. Los hijos o beneficiarios asignados no podrán instruir o disponer de los bienes hasta la muerte del fideicomitente, pero, ya aseguran un patrimonio.
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