Por: Catalina Aguilar
De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 del estatuto del consumidor (Ley 1480 de 2011), dentro de la información mínima que debe ser suministrada al consumidor, se encuentra las instrucciones sobre la instalación y el debido uso del producto.
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Es recomendable que los productores o fabricantes también incluyan la forma en que se debe hacer el mantenimiento y las sugerencias de correcto uso del bien para su conservación y adecuado funcionamiento.
Dentro del manual instrucciones se recomienda se tengan en cuenta los siguientes aspectos:
Contenido del empaque en donde va el producto.
Sugerencias de primero uso.
Advertencias de seguridad o peligro.
Paso a paso sobre la utilización del producto.
Datos de contacto de el área de soporte técnico y del productor.
Nombre de productor y distribuidor y sus datos de ubicación.
La Superintendencia de Industria y Comercio también se ha manifestado al respecto indicando que es recomendable dar información de carácter general sobre qué se debe hacer en caso de posibles fallas, lugares a donde se puede acudir o contactarse, así como las acciones que se deben evitar.
Adicionalmente la citada autoridad de vigilancia y control ha indicado que no en todos los casos el manual de instrucciones es obligatorio, pues no todos los bienes lo requieren en razón a su naturaleza o complejidad. No obstante, será obligatorio cuando una ley o norma así lo requiera o cuando por la clase de bien o producto sea necesario, ya sea por motivos de seguridad en caso de que un uso incorrecto pueda acarrear riesgos para la salud, integridad o la vida del consumidor, o cuando no resulte obvio para el consumidor la forma correcta de cómo se debe utilizar el producto, debiendo cumplirse en todos estos casos con la suficiencia de la información de tal manera que no induzca a error y en los términos del articulo 24 del estatuto del consumidor.
Por otra parte, tener en cuenta que cuando sea obligatorio entregar manual de instrucciones, éste deberá entregarse de manera física independientemente que se pueda acceder a éste de manera virtual.
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