Por: Jorge Montes
El joint venture es un contrato de colaboración empresarial, por medio del cual dos o más partes acuerdan los términos en los que desarrollaran uno o más negocios de manera conjunta.
Por regla general, un contrato de joint venture debe contener, como mínimo, una vigencia establecida, la determinación del proyecto o proyectos a desarrollar, las responsabilidades o papel de cada parte dentro del negocio y la forma en que se repartirán las utilidades que se produzcan con la explotación del negocio.
Los joint ventures son formas interesantes de colaborar entre sociedades o personas naturales sin acudir a la creación de una sociedad mercantil regular, bien sea porque se trate de una alianza para un proyecto único, o porque se esté evaluando la dinámica de trabajo conjunto con miras a la formalización de una relación de negocios estable a futuro.
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