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¿Todos los turistas que quieran entrar a Colombia deben solicitar una de las categorías de Visa de Visitante?
No todas las personas que quieran visitar Colombia deben tramitar una solicitud de visa. Si quieres viajar a Colombia por turismo, debes revisar el listado publicado en la página de la Cancillería Colombiana de los países cuyos nacionales no requieren de visa siempre y cuando no superen los 90 días ininterumpidos en el territorio nacional. Estas estadias se llaman “Visitas de Corta Estancia”.
¿Se puede renovar una visa en Colombia?
En Colombia no esta contemplado el trámite de renovación Visa en la resoluciónn 5477 del 22 de julio de 2022. Lo anterior significa que, en los casos que la visa aprobada va a expirar (es decir se va terminar la vigencia de la misma), es necesario que se incie un nuevo trámite de solicitud de visa. Es decir que, nuevamente, se debe diligenciar el formulario establecido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, realizar los pagos a los que haya lugar y atender los requermientos que considere Autoridad de Visas e Inmigración.
Nota: Que al extranjero le hayan concedido una visa en el pasado no es una garantía de que le será concedida nuevamente una visa igual o diferente a la anterior.
¿Puedo cambiar mi tipo de visa una vez que esté en Colombia?
No todas las categorías de los tres (3) tipos de visas permiten realizar el cambio solicitado por el extranjero. En estas situaciones siempre será necesario estudiar el caso concreto.
¿Qué es una Visa de Beneficiario?
En el entendido de que un Beneficiario se refiere a los “familiares (…) que sean dependientes económicos del titular principal de una visa: el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad: o hijo(a) que presente alguna discapacidad física o mental.”[1], algunas categorías de visas en Colombia permiten que su titular realice una solicitud de Visa en calidad de Beneficiario.
Estas solicitudes cuentan con unos requisitos específicos que varían dependiendo del tipo de beneficiario objeto de la solicitud. En ninguno de los casos esta visa tendrá un vigencia superior a la vigencia de la visa del titular que dio origen a la Visa de Beneficiario.
Nota: Esta visa no permite trabajar.
¿Puedo extender mi visa mientras estoy en Colombia?
Las vigencias de las visas son establecidas por la Autoridad de Visas e Inmigración al momento de la aprobación o autorización de la misma. Si el extranjero desea extender esta vigencia, deberá solicitar una nueva visa ante Autoridad de Visas e Inmigración. Es importante tener en cuenta que el extranjero siempre deberá conservar un Estado Migratorio Regular durante la nueva solicitud de visa.
Si me aprobaron la visa, ¿cómo la puedo reclamar?
Una vez la visa sea Autorizada por la Autoridad de Visas e Inmigración, el extranjero deberá realizar el pago aplicable de la visa. Cuando el pago se haya registrado de manera exitosa, el extranjero recibirá su Visa Electrónica dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al correo electrónico registrado durante el trámite. Si la visa presenta errores, el extranjero titular deberá solicitar la corrección dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la expedición.
¿Cuánto cuesta una visa colombiana?
El costo del trámite de solicitud de visa puede variar dependiendo de las calidades y nacionalidad del extranjero que realice la solicitud y del tipo y categoría de visa requerida. En el siguiente link podrá consultar los precios establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores para el estudio (solicitud) de visa y el valor que se debe pagar si la visa es aprobada: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa/costos-medios-pago-oficinas-atencion.
¿Qué debo hacer si mi visa es aprobada?
Una vez la visa solicitada sea aprobada o autorizada con una vigencia superior a tres (3) meses, es necesario que el extranjero titular y sus beneficiarios (según el caso) procedan a realizar los trámites correspondientes para la obtención de la Cédula de Extranjería ante la Unidad Administrativa Migración Colombia dentro de los quince (15) días siguientes a su ingreso al país o a la fecha de expedición de la visa (según el caso). La visa únicamente autoriza al extranjero realizar las actividades permitidas en la categoría concedida, más no funciona como un documento de identidad.
Nota: Este requisito no se debe cumplir cuando se trate de visas tipo V en las categorías de Turismo, Negocio o Visitante.
¿Qué debo hacer si mi visa es rechazada o negada?
Al realizar la solicitud de visa, la Autoridad de Visas e Inmigración podrá requerir, autorizar, inadmitir o negar la visa.
1. En los casos que se realice un requerimiento, la Autoridad de Visas e Inmigración le informará al extranjero qué información complementaria o entrevistas es necesario realizar para continuar con el estudio de la solicitud. Es importante tener en cuenta que los requerimientos deben ser atendidos por el extranjero dentro de los términos de duración del trámite, el cual fue señalado en el numeral 2.2. so pena de que se entienda desistida la solicitud.
2. Si una solicitud es inadmitida, el trámite finaliza con esta decisión. Esta decisión podrá tomarse por múltiples razones que la Autoridad de Visas e Inmigración podrá informar o no al extranjero. Sin embargo, y pese a la respuesta no favorable, el extranjero puede iniciar una nueva solicitud de visa sin tener que esperar un tiempo determinado para hacerlo.
3. Si una solicitud es negada, el trámite finaliza con esta decisión. La Autoridad de Visas e Inmigración podrá informar o no al extranjero el motivo de la negación por la facultad discrecional del Estado Colombiano. El extranjero deberá esperar seis (6) meses para registrar una nueva solicitud de visa y deberá hacerlo dese su país de nacionalidad o residencia legal permanente. Si el extranjero se encontraba en el país al momento de la negación, este tiene treinta (30) días para abandonar el país.
4. Si la solicitud de visa es autorizada, el extranjero deberá realizar el pago de la visa en el término especificado en el correo electrónico que indica la aprobación de la misma a través de los medios permitidos.
Puedo interponer algún recurso a la decisión tomada por la Autoridad de Visas e Inmigración?
Por motivo de la Facultad Discrecional del Estado Colombiano, NO proceden recursos administrativos en contra de las decisiones tomadas por la Autoridad de Visas e Inmigración sobre la aprobación, vigencia, inadmisión, requerimientos, negación, terminación y cancelación de visas y estudios de visas.
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre visado Colombiano, si tienes más preguntas o tienes un caso especifico por analizar, contamos con un equipo especializado en asesoría migratoria.
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